| La salida de Elga al "self-undermining problem" de las posiciones conciliadoras acerca del desacuerdo |
Adam Elga, en Elga 2010,
reconoce que las posiciones del estilo EW, a las que llama “conciliadoras”, están
condenadas a dar instrucciones incoherentes. Este problema surge donde
Weatherson señaló que surgía: cuando se usa EW para dirimir una disputa entre
pares epistémicos en torno a EW. Una salida para las propuestas conciliadoras
es sostener que EW no es una posición general, porque no vale cuando la disputa
gira alrededor de proposiciones acerca del desacuerdo. Esto puede asumir
distintas formas, pero todas ellas deben evitar que EW sea el modo correcto de
lidiar con disputas en torno a EW mismo. El problema con este tipo de salidas
es que parecen arbitrarias y ad hoc.
¿Por qué deberíamos tratar las disputas en torno al descuerdo de modo diferente
al resto? Ciertamente no porque haya alrededor de ella menos disputas, disputas
menos relevantes, o que cualquier otra posición distinta a EW sea
manifiestamente absurda. Se necesita una motivación independiente para
fundamentar esta excepción. Tal motivación no debe ser meramente el evitar la
incoherencia o la contradicción: debe ser una razón que tenga justificación
independiente, que sea altamente plausible, que sirva como explicación de
fenómenos complejos, que ilumine aspectos de la realidad que sin ella
permanecerían oscuros. Elga afirma haber identificado una razón a favor de este
tipo de posiciones. Elga sostiene que las posiciones “parcialmente
conciliadoras” cuentan con esta razón, y por lo tanto no pecan de ser ad hoc. Una posición parcialmente
conciliadora sostiene que la posición conciliadora es la adecuada acerca de
todos los asuntos, pero no acerca del desacuerdo mismo. La razón en cuestión es
una no-específica del problema del desacuerdo, y es que toda posición debe ser
dogmática con respecto a su propia corrección para no incurrir en
contradicción, o en instrucciones incoherentes. Una posición es dogmática con
respecto a su propia corrección cuando afirma que ella es correcta. El hecho de
que una posición pueda incurrir en incoherencia o contradicción si no es
dogmática con respecto a sí misma.
Elga acierta al señalar que una posición
debe ser dogmática con respecto a su propia corrección para evitar casos como
el que menciona hacer de dos revistas que recomiendan qué productos adquirir,
de acuerdo a su calidad y precio. La primera revista se llama “Consumer Reports”;
la segunda, “Smart Shopper”. “Consumer Report” recomienda comprar la tostadora
X, mientras que “Smart Shopper” recomienda comprar la tostadora Y. ¿Qué pasaría
sí “Consumer Report” dijera, además, que en cuestión de revistas que
recomiendan qué productos adquirir, es mejor seguir los consejos de “Smart
Shopper” que de “Consumer Report”? Estaría dando instrucciones contradictorias,
pues un consumidor que quisiera seguir al pie de la letra sus consejos, no
sabría si comprar la tostadora X, tal como recomienda “Consumer Report”, o
comprar la tostadora Y, tal como recomienda “Smart Shopper”, que es la revista
cuyos consejos seguir en cuestión de qué productos comprar, también de acuerdo
a “Consumer Report”.
El caso es análogo al de un método inductivo M, que dijera “Como respuesta a
ver luz y después un arco iris, adopte el estado de creencia X”. Hay también un
método inductivo N, que a su vez dice “Como respuesta a ver luz y después un
arco iris, adopte el estado de creencia Y”. Supongamos que el estado de
creencia X es incompatible con el estado de creencia Y (en particular,
supongamos que no pueden ser ambos verdaderos). Supongamos, a la vez, que el
método M dice: “Como respuesta a ver luz y después un arco iris, deje de creer
en el método M y pase a creer en el método N”. ¿Cómo debo actuar si creo que el
método M es el método inductivo a seguir? Como respuesta a ver luz y después un
arco iris: ¿debo adoptar el estado de creencia X, tal como indica el método M,
o debo adoptar el estado de creencia Y, tal como indica el método N, que es el
método a seguir en estos casos, de acuerdo al método M? Nuevamente nos
enfrentamos a instrucciones contradictorias. Ambos casos, a la vez, son
análogos a nuestra situación con respecto a las propuestas conciliadoras como
EW. ¿Qué hacer si uno adhiere a EW en una disputa entre pares epistémicos en
torno a EW? La analogía es más cercana en el último caso, porque EW es, ella
misma, de acuerdo a Elga, un método inductivo para formar creencias en casos de
desacuerdos con pares epistémicos. El problema de “Consumer Report”, el método
M y EW es que no son métodos dogmáticos con respecto a su propia corrección. Pero
una posición parcialmente conciliadora lo es, y por buenas razones: no serlo
suele traer aparejado el peligro de dar instrucciones incoherentes. Esta es, a
la vez, una razón independiente –a salvar la incoherencia en la que incurren
posiciones conciliadoras tradicionales- para adoptar una posición parcialmente
conciliadora.
La nueva posición conciliadora –ahora solo
parcialmente- mantiene la apariencia ad
hoc que Elga quería evitar. Ser y parece, no obstante, puede no ir de la
mano. Después de todo, Elga ha esgrimido una razón para hacer una excepción
ante el desacuerdo acerca del desacuerdo, y es una razón que cuenta con
justificación independiente al querer evitar la incoherencia o la contradicción
en este caso. Pero, ¿es una razón para hacer una excepción con el desacuerdo
acerca del desacuerdo? No parece ser una razón para esto, sino una condición
necesaria –o conveniente- de cualquier tesis general o teoría. “Ser dogmático
con respecto a la propia corrección” no parece ser una razón para hacer una
excepción a la regla general de ser conciliador, porque no parece referirse de
modo suficientemente directo al desacuerdo sobre el desacuerdo mismo. No
obstante, se podrá decir que, aplicado a este caso, es lo que esta norma
general insta a hacer. Pero si esto contara como razón independiente, ¿habría
alguna salida ad hoc, realmente? ¿No justificaría esto cualquier salida ad hoc?
Veamos cómo: supongamos que una tesis general X cae en contradicción o
incoherencia cuando es aplicado al caso Y. Un modo de evitar esta contradicción
o incoherencia es con la siguiente reforma de la tesis general X. Llamemos a
esta nueva posición “tesis parcialmente
general X”. La nueva tesis dice algo así como lo siguiente: aplique la tesis
general X a toda situación, salvo al caso Y. ¿No parece esta una salida ad hoc?
Sin embargo, de acuerdo a Elga, habría una razón independiente para hacer una
excepción ante el caso Y: ser dogmática con respecto a su propia corrección. No
parece haber nada peculiar acerca de la tesis general X, ni tampoco acerca del
caso Y (de hecho, son más bien abstracciones que casos particulares). Así que
parece haber base suficiente como para generalizar la conclusión y afirmar que
esta es una razón independiente para cualquier salida supuestamente ad hoc. El corolario de esto es que no
habría salidas ad hoc. Lo que, desde
ya, no parece ser el caso. Ya razón que Elga alega a favor del carácter no-ad hoc de la salida parcialmente
conciliadora, no es buena. Hasta tanto se nos provea de una buena razón
independiente a favor de las posiciones parcialmente conciliadoras, estamos
justificados en calificarlos como salidas ah hoc a la situación en la que el
argumento “undermining” pone a las posiciones conciliadoras.
Comentarios (6).
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Comentario: 1.
Comentario a Pailos.
Dice Federico:
“...supongamos que una tesis general X cae en contradicción o incoherencia cuando es aplicado al caso Y. Un modo de evitar esta contradicción o incoherencia es con la siguiente reforma de la tesis general X. Llamemos a esta nueva posición “tesis parcialmente general X”. La nueva tesis dice algo así como lo siguiente: aplique la tesis general X a toda situación, salvo al caso Y. ¿No parece esta una salida ad hoc? Sin embargo, de acuerdo a Elga, habría una razón independiente para hacer una excepción ante el caso Y: ser dogmática con respecto a su propia corrección.... El corolario de esto es que no habría salidas ad hoc.”
A mi entender el ejemplo propuesto no es una instanciacion del princicio : “ser dogmatica respecto a la propia correccion” (en adelante p1), sino de un principio p2 diferente : “ser dogmatica para cualquier caso, tal que dicho caso derive en una contradiccion (o incoherencia)”. La tesis X no llega a una contradiccion evaluandose a si misma, sino evaluando Y. Algo muy distinto a lo que ocurre con EW cuya incoherencia surge de aplicar EW a la disputa entre EW y la RRV. La diferencia es relevante dado que la restriccion a casos de autopredicacion reduce el alcance p1. Borrando dicha restriccion, Federico logra una generalizacion, ilegitima, que consigue refutar la propuesta de Elga. Pero incluso si se niega el punto citado, puede alegarse que p1 deja muchos casos ad hoc sin solucion. A modo de ejemplo la estrategia de exportacion de Kripke, resulta claramente ad hoc y ajena a la autopredicacion. Esto no implica que la solucion de Elga sea satisfactoria, simplemente que no trivializa el sentido de una justificacion ad hoc. De hecho, podriamos sostener que p1 nos lleva a rechazar la paradoja de Russell, dado que podemos optar por la salida dogmatica. Y aunque el significado de ad hoc, no quede trivializado podemos decir que posee aplicaciones poco intuitivas. A su vez, el autor de “How to desagree about how to desagree” intenta validar su propuesta (lease: p1) a partir de una analogia de dudosa eficacia. Pero por cuestiones de orden, prefiero detallar dichas razones en un comentario posterior.
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Comentario: 2.
La que
cumple con el principio “ser dogmática con respecto a su propia corrección” no
es la tesis general X, sino la tesis que reforma a X, a la que llamé “tesis
parcialmente generalizada X”, de ahora en más, X’. X’ –y no X- cumple con el
principio en cuestión, que Elga postula como razón independiente (a la búsqueda
de evitar que X caiga en incoherencias) para aceptar la reforma: fíjense que,
de esta manera, X’ evita las incoherencias de X, porque insta a obedecer a X en
toda situación, menos en la problemática. La posición parcialmente conciliadora
de Elga es como una posición conciliadora tradicional, al estilo de EW, solo
que niega la validez de una posición conciliadora para el caso de desacuerdos
con pares en torno a la propia posición conciliadora. Llamemos a esta posición,
EW’. EW’ se comporta como X’: insta a seguir a EW en todos los casos salvo en
uno: cuando la que está en cuestión es EW misma. La autoaplicación no parece
algo que distinga de modo relevante a EW’ de X’. No parece haber algo
incorrecto per se en la
autoaplicación (de hecho no lo hay: posiciones como RRV se autoaplicación, si
no exitosamente, al menos sin caer en incoherencias por ello –pace Weiner). Pero sí se parecen mucho
en evitar que dos posiciones que caen en incoherencias cuando se aplican a un
caso problemático (el caso Y, para X, y la propia EW para EW). Pero este tipo
de salidas (i.e., mantener todo lo que se pueda de la tesis o teoría que se
pretende defender, pero negar su validez a los casos que generan
inconsistencias, incoherencias o resultados antiintuitivos) es lo que distingue
a las propuestas ad hoc. Y, si no todas
(las muy malas, no), al menos buena parte de ellas son dogmáticas con respecto
a su propia corrección… pero solo porque “ser dogmática con respecto a su
propia corrección” se parece más a una “condición general” que cualquier tesis
o teoría debe satisfacer (o al menos no violar), y no algo que se parezca a
“una razón independiente” para adoptar esa posición. (Esa condición se parece más
a la exigencia de que una teoría o tesis propuesta ayude a explicar algún fenómeno interesante –que se
aplique a algún caso. No parece ser
algo de lo que se pide cuando se exige una “razón independiente” para una
propuesta aparentemente ad hoc, sino
algo así como una condición necesario de una tesis o teoría medianamente
interesante.)
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Comentario: 3. A continuación reconstruyo el argumento con fines clarificatorios:
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x' es dogmática ante su propia corrección
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ser dogmática ante la propia corrección implica ser dogmática ante cualquier situación que genere incoherencia o inconsistencia.
-
el consecuente de 2, trivializa el sentido de ad hoc
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el sentido de ad hoc no es trivial
Conclusión
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x' es rechazada
La premisa 1 es la hipótesis de Elga. 3 y 4, no son controversiales. Y 2 es la premisa que requiere fundamentación. Según lo argumentado por Federico ut-supra, no hay nada particular en la autopredicación que nos permita ser dogmáticos en dichos casos. (Acaso el único motivo es la contradiccipon en que deriva, lo cual es una respuesta claramente ad hoc). Por tanto, Elga debería brindar algún razón indepediente para detener el paso del antencedente al conseguente de 2 y refutar el argumento presentado.
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Comentario: 4. Para salvar (creo, de modo ad hoc) a una posición 'conciliadora' como EW, basta con proponer una nueva versión de la misma, EW', que insta a aplicar EW a todo desacuerdo, salvo el desacuerdo en torno a EW. Para que esa salida no sea ad hoc, se requiere una razón independiente que la avale. La razón que propone Elga es que cualquier posición debe ser dogmática con respecto a su propia corrección, lo que quiere decir que se compromete con que lo que dice es correcto, nada más. Esto es lo único que Elga necesita para evitar la autocontradicción o incoherencia señalada por Weatherson y Kelly. Ahora bien, ¿puede una posición ser correcta y comprometerse con incoherencias o contradicciones? Si la respuesta es 'no', entonces se tiene la justificación que buscabas para (2). (Que, insisto, me parece que no es necesaria para el punto.)
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Comentario: 5. Ahora veo donde esta nuestra discrepancia, que como tantas veces en filosofia es semantica. Estimo que tu interpretacion de "ser dogmatica respecto a su propia correccion" es poco caritativa. Elga, no quiere dan a entender que la teoria debe aplicarse siempre, salvo cuando genere inconsistencias o incoherencias, sino: siempre que la autopredicacion genere incoherencia (Adviertase que caso contrario no se entiende el sentido del "propia" de la frase en cuestion. Y ademas esto se ajusta al ejemplo del consumer shop, donde el problema empieza cuando le revista habla de si misma). Pero exegesis de lado, uno podria reformular el criterio para que incluya unicamente los casos de incoherencia y autopredicacion. Con esto se logra, salvar el caso que le interesa a Elga -EW respecto a EW- y a su vez, restringe el alcance del cuantificador implicito en el criterio. Si esto es correcto, entonces sea hace necesario justificar la premisa 2 del comentario 3. (De cualquier manera, creo que esto es plausible e incluso vos indicas como)
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Comentario: 6. Me parece que 'ser dogmática con respecto a su propia corrección' es que comprometerte con la teoría debe comprometerte con su corrección, o que la teoría debe implicar, o implicaturar, o algo del estilo, que ella es correcta. ¿Por qué? Porque si no podría caer en casos auto-refutatorios como el de Consumer Shop. Nada más. Después, sí, (2) puede justificarse... pero me parece que no es necesario. Eso -todo eso- es parte de la justificación del principio, y no el principio mismo. (Y sí: no veo grandes diferencias entre lo que decimos.)
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